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Mediación

La mediación comunitaria es un servicio social que potencia y promueve la resolución de conflictos a través del diálogo, la comprensión, el entendimiento en la diversidad y el protagonismo de las personas involucradas, quienes serán responsables de las soluciones a las que arriben.

 

Un conflicto pueden ser algún malentendido, desacuerdo, pelea, enfrentamiento o choque de intereses que tengas con otra persona.

 

La Secretaria Ejecutiva de Prevención de Conflictos y Resolución de Controversias a través del Centro de Mediación Comunitaria (CMC) es la encargada de aplicar la mediación en las cuestiones entre particulares que planteen los ciudadanos, brindando un instrumento alternativo a los tradicionales para la solución de las disputas

 

En una mediación las personas pueden expresarse libremente en un entorno de contención para alcanzar soluciones sobre las que todas están de acuerdo y que sean convenientes para todas las personas que participan de la mediación

 

La mediadora o mediador es una persona que trabaja para facilitar una conversación equilibrada. Ayuda a las personas para que piensen y preparen las soluciones, sin imponerlas. Es imparcial y sin interés personal en el conflicto, es decir, que no quiere ni puede beneficiar a una de las personas por sobre las otras personas.

 

Los mediadores que integran la Secretaría también dictan cursos de capacitación en métodos participativos de resolución de controversias y llevan adelante investigaciones a través de la tarea desarrollada en ese campo. 

¿Cómo es la mediación comunitaria?

  • Confidencial Todo lo que se habla queda en reserva del mediador o la mediadora y de las personas participantes.
  • Voluntaria Participar en una mediación es siempre optativo, tanto para quien pide una mediación, como para quien es invitada. Participa quien quiere.
  • Colaborativa Se tienen en cuenta los intereses de todas las personas que participan. Las personas colaboran para llegar a soluciones adecuadas.
  • Dinámica En una o pocas reuniones se puede resolver un conflicto junto a la otra parte.
  • Gratuita Las personas que participan no tienen que pagar nada.

¿Debo concurrir con un abogado/a?

No necesitas ir a una mediación comunitaria con una abogada con un abogado.

Las mediadoras y los mediadores se van a asegurar de que todas las personas tengan y entiendan la información que es necesaria para tomar decisiones informadas.

 

Es importante que las personas involucradas conozcan sus derechos y estén informadas sobre otras formas de solucionar su problema.

 

Si la mediadora o el mediador cree que necesitas asesoramiento de un abogado o una abogada, te va a indicar a quién podes ver.

¿Qué es el contrato de alquiler?

El contrato de alquiler es aquel en el cual una parte llamada LOCADORA (puede integrarse por una o más personas), se obliga a transferir el uso y goce temporario –por un plazo– de una cosa a la otra parte llamada LOCATARIA o INQUILINO/A (puede integrarse por una o más personas) quien se obliga a pagar mensualmente un precio en dinero y a devolver la cosa al término del contrato.

 

Aquí te daremos algunas pautas para el alquiler de cosas inmuebles urbanas con destino a vivienda o habitación.

 

La parte LOCADORA generalmente es el dueño/a del inmueble o quien detenta la tenencia legítima de un inmueble. Sin embargo, es conveniente que el locatario/a verifique que el locador/a “tenga facultades suficientes” (legitimación) para dar en locación y evitar posibles conflictos y nulidades.

¿Tiene que hacerse por escrito?

La ley establece que debe hacerse por escrito porque si llegas a tener algún problema e iniciar un reclamo o juicio es más sencillo probarlo. Si no tienes un contrato escrito, el contrato vale, pero es más difícil probarlo.

¿Quiénes pueden alquilar?

En principio, todas las personas capaces y mayores de 18 años pueden celebrar por sí mismas un contrato de alquiler.

En caso de que una persona menor de edad necesite alquilar un inmueble para vivir en él, como es el caso de los estudiantes, podrán celebrar el contrato sus padres o quienes hayan sido designados sus tutores.

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Derechos y Obligaciones de quienes alquilan

Cuando se alquila una vivienda es muy importante conocer y comprender los derechos y obligaciones que nacen del contrato. Una pacífica y equilibrada relación basada en el respeto de lo convenido permite construir acuerdos cuando surgen cuestiones problemáticas evitando desgastes emocionales y económicos para quien alquila y también para el locador/a.

Derechos

  • A recibir la vivienda en buen estado con todos sus accesorios (instalaciones y conexiones por ej: luz, gas, agua) junto con las llaves/control remoto/botones o tarjetas de apertura magnética; y lo necesario para su uso.
  • A que la parte locadora mantenga la vivienda en las condiciones edilicias para que pueda habitarla y vivir en ella haciendo las reparaciones que fueran necesarias; pero ATENCIÓN: no debe hacerse cargo de los deterioros o roturas propias de desgaste del buen uso diario.
  • Si los gastos de mantenimiento que se encuentran a cargo de la parte locadora son realizados por la parte inquilina pueden ser descontados del precio del alquiler, previo aviso y con detalle de los mismos.
  • A que no se altere o perturbe el uso de la vivienda por la parte locadora o por otras personas.

Obligaciones

  • Pagar el precio del alquiler convenido en el contrato, también llamado “cánon locativo”, en el tiempo, forma y lugar convenidos y que se le extienda el recibo correspondiente.

    IMPORTANTE El incumplimiento de pago genera intereses o multas –según lo establecido en el contrato– que se sumarán al alquiler.

  • Pagar los servicios de la vivienda: luz, gas, agua y los demás que se contraten.
  • Mantener la vivienda en buen estado de uso y conservación mientras dure el contrato.
  • Devolver la vivienda con sus accesorios e instalaciones y conexiones por ej: luz, gas, agua, junto con las llaves/control remoto/botones o tarjetas de apertura magnética, en las condiciones estipuladas en el contrato y libre de cosas y ocupantes
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